En septiembre de 2025 se expidieron dos disposiciones claves que refuerzan la lucha contra la corrupción en Colombia y establecen la obligatoriedad de implementar Programas de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE) en sectores estratégicos de la economía: la seguridad privada y el transporte.
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Se trata de la Circular 20251000000035CS de la Superintendencia de Vigilancia y seguridad privada y la Resolución 14673 de 2025 de Superintendencia de Transporte, normas que, aunque provienen de entidades distintas, comparten un mismo propósito: fortalecer la confianza, prevenir riesgos de corrupción y soborno, y consolidar buenas prácticas de gobierno corporativo.
La Circular de Supervigilancia como la Resolución de Supertransporte establecen lineamientos similares:
- – Obligatoriedad del PTEE para las empresas vigiladas por cada Superintendencia.
- – Metodología basada en riesgos, identificando y controlando amenazas como corrupción, fraude y soborno.
- – Designación de un Oficial de Cumplimiento que lidere el programa y reporte directamente al órgano de dirección.
- – Adopción de políticas éticas, códigos de conducta y canales de denuncia confiables.
- – Implementación de procesos de debida diligencia frente a contrapartes y aliados comerciales.
- – Capacitación y sensibilización permanente de los colaboradores.
Estas medidas tienen sustento legal en la Ley 1474 de 2011 (Estatuto Anticorrupción) y la Ley 2195 de 2022, que introdujo la obligatoriedad de los PTEE en las empresas vigiladas por los entes de control sectoriales.
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Aunque ambas disposiciones comparten un marco común, cada una responde a la naturaleza del sector vigilado:
- – Circular Externa 20251000000035CS / Supervigilancia
Dirigida a empresas de vigilancia y seguridad privada, cooperativas de seguridad, transportadoras de valores, blindadoras, escuelas de capacitación y proveedores de equipos. Su enfoque está en evitar la infiltración criminal y la corrupción en actividades de seguridad. Y deja claro que él se debe implementar de manera inmediata. - – Resolución 14673 de 2025 / Supertransporte
Aplica a terminales, puertos, concesionarios, operadores de transporte terrestre, fluvial, férreo y aéreo. Busca garantizar transparencia en la contratación, operación logística y administración de concesiones. Dejando un plazo máximo para su implementación de 8 meses desde la emisión de esta resolución. (19 de septiembre de 2025).
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En conclusión la entrada en vigor de la Circular 20251000000035CS y la Resolución 14673 de 2025 representa un paso firme hacia el fortalecimiento de la transparencia en sectores sensibles de la economía.
Para estas empresas vigiladas, el PTEE no es una opción, sino una obligación legal que debe implementarse con rigor, adaptando las medidas a los riesgos propios de cada sector, y su cumplimiento no solo evita sanciones, sino que también mejora la reputación corporativa, fortalece la confianza de clientes y autoridades, y contribuye a la consolidación de una cultura ética empresarial.
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